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Familia numerosa y baremo guardería Madrid: 2 puntos sin distinción (BOAM 10092)

Si eres familia numerosa y vas a solicitar plaza en una EIM Madrid, el BOAM 10092 suma 2 puntos en el apartado c (sociofamiliar). Lo importante: NO distingue entre categoría general (3 hijos) y categoría especial (5+ hijos o 4 con uno discapacitado). Ambas categorías suman lo mismo.

Para la bonificación de la cuota mensual sí pueden diferenciarse las categorías (según Ordenanza); pero a efectos del baremo de admisión, BOAM 10092 los iguala.

En una frase

Familia numerosa (general o especial): 2 puntos en el apartado c del BOAM 10092. Acumulable con todos los demás. Acreditable con título o situación asimilada. Hijos no nacidos cuentan.

Texto verbatim del BOAM 10092 (apartado c)

«Familia que tenga reconocida la condición de familia numerosa (sea general o especial) por medio de resolución o título que lo acredite, o familia que, aun no disponiendo del título, incurra en una situación asimilada a alguna de las configuraciones de familia numerosa previstas en la normativa estatal, a cuyos efectos se tendrá en cuenta tanto a las hijas o hijos nacidos, como a los no nacidos: 2 puntos»

Dos vías de reconocimiento:

  1. Título oficial vigente (cualquier categoría)
  2. Situación asimilada según normativa estatal, sin título

Acreditación con título oficial vigente

Aporta cualquiera de:

  • Título oficial vigente expedido por la Comunidad de Madrid (carnet o documento equivalente)
  • Título oficial de otra CCAA (Ley 40/2003 garantiza validez nacional)
  • Autorización para que la Administración consulte de oficio

Acreditación de situación asimilada (sin título)

Si no tienes el título pero cumples los requisitos, el BOAM 10092 reconoce la situación asimilada con cualquiera de:

  • Libros de Familia con todos los hijos
  • Certificados de nacimiento
  • Certificado médico con fecha probable de parto (para hijos no nacidos)
  • Convenios reguladores de divorcio o separación (si aplican)
  • Cualquier otro documento que acredite la composición de la unidad familiar

Hijos no nacidos cuentan

El BOAM 10092 (apartado c) reconoce expresamente que hijos no nacidos cuentan a efectos de acreditar la condición de familia numerosa. Acreditación: certificado médico con fecha probable de parto.

Categoría general vs especial (a efectos legales, no del baremo)

Aunque para el BOAM 10092 ambas suman lo mismo, las categorías existen legalmente:

Categoría general

  • 3 hijos a cargo

Categoría especial (Ley 40/2003)

  • 5 o más hijos a cargo
  • 4 hijos con al menos uno con discapacidad ≥33% reconocida
  • Parto/adopción múltiple superior a 3 (cuatrillizos, quintillizos)
  • Otras situaciones reconocidas expresamente por la Consejería de Familia

Para baremo Madrid: igual (2 puntos). Para bonificaciones de cuota mensual: puede diferenciarse según Ordenanza. Para ventajas fiscales y otros servicios autonómicos: sí se diferencia.

NO es desempate

Importante: la familia numerosa NO es desempatador del BOAM 10092. Ni la general ni la especial. Los únicos desempates (apartado f) son:

  1. Hermano matriculado en EI 2026/2027
  2. Renta per cápita más baja en euros
  3. Sorteo público

Si esperas que la categoría especial te desempate, NO ocurrirá según el BOAM 10092.

Casos reales

Caso 1 — Familia numerosa categoría general con renta media

  • 3 hijos, título general vigente
  • Ambos progenitores jornada 40 h
  • IRPF 2024: 48.000 € / 5 miembros = 9.600 € per cápita
  • Hermano mayor en EI Los Gavilanes 2025/26
  • Solicitan misma EI para el menor

Puntuación:

  • Apartado a (jornada media 40 h): 5
  • Apartado b (renta 9.600 €, tramo 9.000,01-10.500): 3,5
  • Apartado c (hermano EI 3 + numerosa 2): 5
  • Apartado d (proximidad coincidente): 2,5
  • Apartado e: 0
  • Total: 16 puntos

Caso 2 — Familia numerosa categoría especial con renta baja

  • 5 hijos, título especial vigente, monoparental
  • Madre jornada 35 h
  • IRPF 2024: 18.000 € / 6 miembros = 3.000 € per cápita
  • Solicita EI en su distrito

Puntuación:

  • Apartado a (monoparental 35 h): 5
  • Apartado b (renta 3.000 €, tramo 0-6.000): 5
  • Apartado c (numerosa 2 + monoparental 2): 4
  • Apartado d (proximidad coincidente): 2,5
  • Apartado e: 0
  • Total: 16,5 puntos

Misma puntuación que caso 1 aunque sea categoría especial: BOAM no distingue.

Caso 3 — Hijos no nacidos cuentan

  • 2 hijos nacidos + 1 esperado (certificado médico, fecha probable parto julio 2026)
  • Solicita plaza para el menor en abril 2026
  • Sin título de familia numerosa todavía (saldría tras nacimiento del 3º)
  • Aporta libro familia + certificado médico → situación asimilada acreditada
  • Apartado c: 2 puntos por familia numerosa

Errores típicos

  1. Asumir que la categoría especial suma más en el BOAM 10092: NO. Ambas suman 2 pts.
  2. Esperar desempate por categoría especial: NO existe en BOAM 10092.
  3. No actualizar el título tras el nuevo hijo: para el baremo es indistinto, pero para bonificaciones de cuota sí importa.
  4. No aportar certificado médico de hijos no nacidos: si va a nacer en breve, aporta para acreditar situación asimilada.
  5. Confundir con baremo Comunidad de Madrid: si solicitas concertada, aplica baremo Comunidad (sí distingue general/especial). Si EIM, BOAM 10092 (no distingue).

Bonificación adicional en la cuota mensual

Independiente del baremo de admisión. Según Ordenanza reguladora del servicio:

CategoríaBonificación extra sobre cuota neta
Generalsuele ser ~20% adicional
Especialsuele ser ~50% adicional

Acumulable con la bonificación por renta del apartado b. Esto es cuota, no baremo. El baremo decide si entras; la cuota es otro cálculo posterior.

Combinación con otros sub-criterios del apartado c

CombinaciónApartado c
Numerosa + monoparental2 + 2 = 4
Numerosa + hermano EI2 + 3 = 5
Numerosa + víctima violencia género2 + 3 = 5
Numerosa + discapacidad progenitor 33-64%2 + 1,5 = 3,5
Numerosa + discapacidad progenitor >64%2 + 2 = 4
Numerosa + parto múltiple2 + 2 = 4
Numerosa + acogimiento familiar2 + 2 = 4
Numerosa + guarda adoptiva2 + 2 = 4

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Preguntas frecuentes

¿Cuántos puntos suma la familia numerosa en el baremo Madrid?

El BOAM 10092 suma 2 puntos por familia numerosa en el apartado c (sociofamiliar) SIN distinguir entre categoría general y categoría especial. Es una diferencia importante con otros baremos (Comunidad de Madrid, autonómicos) que sí distinguen 1 pt general / 2-3 pts especial. En Madrid Ayuntamiento ambas categorías suman lo mismo.

¿Qué se considera familia numerosa en el BOAM 10092?

El BOAM 10092 reconoce la condición de familia numerosa (1) por resolución o título oficial vigente que la acredite, o (2) por situación asimilada a alguna de las configuraciones de familia numerosa previstas en la normativa estatal, aun sin disponer del título. Se contemplan también hijos no nacidos a efectos de acreditar la condición.

¿Necesito el título oficial?

Lo ideal es tenerlo. El BOAM 10092 también reconoce la situación asimilada sin título, aportando documentación (libros de familia, certificados de nacimiento, certificado médico con fecha probable de parto para hijos no nacidos, convenios reguladores). Pero el título oficial vigente es la vía más sólida.

¿La familia numerosa es desempate en el BOAM 10092?

No. Los únicos desempates del BOAM 10092 son: (1) hermano matriculado en EI 2026/27, (2) renta per cápita más baja en euros, (3) sorteo público. La familia numerosa NO es desempate, ni general ni especial. Esto es diferente de versiones simplificadas que presentan «categoría especial» como desempatador.

¿Y si mi título es de otra Comunidad Autónoma?

Vale en Madrid. La Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas garantiza la validez del título en todo el territorio nacional. Si tu título fue expedido por otra CCAA y sigue vigente, suma 2 puntos en el apartado c del baremo BOAM 10092 del Ayuntamiento de Madrid.

¿Hay bonificación adicional en la cuota mensual?

Sí, según la Ordenanza reguladora del servicio de EIM. Es INDEPENDIENTE del baremo de admisión: el baremo decide si entras, la cuota se calcula después según la Ordenanza correspondiente. Las bonificaciones de cuota pueden distinguir categoría general/especial (para cuota, no para baremo).


Datos oficiales: BOAM 10092 del 24 de marzo de 2026, apartado c. Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas. Fuente: sede.madrid.es.

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