NEE del menor y guardería Madrid: reserva de plazas (Capítulo III BOAM 10092)
Si tu hijo tiene necesidades educativas especiales (NEE) acreditadas mediante dictamen del EOEP, NO se aplica el baremo ordinario (apartados a-e). Su admisión se gestiona por el Capítulo III del BOAM 10092 (apartados 19-22), que es una vía prioritaria separada con reserva de dos plazas por unidad y procedimiento específico.
Esto es muy importante: las NEE del menor NO suman puntos en el apartado c del baremo ordinario. Tienen su propia vía.
En una frase
NEE del menor → procedimiento del Capítulo III BOAM 10092 (dos plazas reservadas por unidad, Servicio municipal de apoyo, calendario propio). NO suma puntos en apartados a-e.
El Capítulo III en una línea
Las escuelas infantiles de la red municipal reservarán plazas para niñas y niños con necesidades educativas especiales, de tal forma que, en cada unidad, se podrá incorporar una niña o niño con NEE. Las niñas y niños con NEE ocuparán, a estos efectos, dos plazas independientemente del nivel en el que se escolaricen.
(BOAM 10092, apartado 19.1-2)
Qué se considera NEE
Lo determina el Equipo de Atención Temprana (EOEP) mediante dictamen de escolarización. Casos típicos:
- Trastorno generalizado del desarrollo (TGD)
- Trastorno del espectro autista (TEA)
- TDAH con dictamen específico
- Retraso madurativo significativo
- Alteraciones del lenguaje
- Discapacidad sensorial (visual, auditiva)
- Discapacidad motora
- Trastornos del comportamiento o regulación emocional con afectación educativa
- Pluridiscapacidad
La acreditación es vía dictamen oficial del EOEP, NO informe médico privado.
Procedimiento del Capítulo III
Cómo se solicita
- Una única solicitud por niño (igual que ordinario), con hasta 4 EI ordenadas por preferencia
- Se entrega en la EI elegida como primera opción
- La EI remite la solicitud al Servicio municipal de apoyo a la escolarización para su valoración
- Se acompaña con el certificado del Equipo de Atención Temprana que acredite la modalidad de escolarización
Servicio municipal de apoyo a la escolarización
Es el órgano central del Capítulo III. Composición (apartado 20.2):
- Representante del Área de Gobierno educativa (preside)
- Representante de los equipos de atención temprana
- Maestra/o del Servicio de educación infantil
- Directora/director de una EIM
- Representante de la comunidad educativa
- Representante de las familias
Funciones (apartado 20.3): gestionar el proceso de admisión, resolver reclamaciones, gestionar la lista de no admitidos, coordinarse con las EIM y equipos de atención temprana.
Si hay más solicitudes que plazas reservadas
Si el número de solicitudes con NEE supera el número de plazas reservadas, el Servicio aplica el baremo ordinario (apartados a-e) sobre el alumnado con NEE (apartado 22.2). Es decir, el baremo se aplica solo si hay competencia dentro del propio grupo NEE.
Calendario específico de NEE
Plazos distintos del ordinario:
| Fase | Fechas NEE | Fechas ordinario |
|---|---|---|
| Presentación solicitudes | 6 al 17 abril 2026 | 6 al 17 abril 2026 |
| Documentación complementaria | 6 abril a 18 mayo 2026 | 6 al 17 abril 2026 |
| Listas provisionales | 11 mayo 2026 | 11 mayo 2026 |
| Listas definitivas | 1 junio 2026 | 9 junio 2026 |
| Matriculación | 10 al 25 junio 2026 | 10 al 25 junio 2026 |
Las listas definitivas NEE salen antes del ordinario para que las plazas reservadas no cubiertas se liberen a tiempo.
Liberación de plazas reservadas (apartado 22.5)
Las plazas reservadas para NEE no cubiertas se liberan a la vía ordinaria en dos fases:
Primera fase
Antes de la resolución definitiva: se incrementan los admitidos de la vía ordinaria en tantas vacantes como se hayan liberado. Una reserva se mantiene hasta el 10 de septiembre de 2026.
Segunda fase
El 10 de septiembre de 2026: las EI cubren con niñas y niños de la lista de espera ordinaria las vacantes que no hayan sido ocupadas por NEE, salvo aquellas que se mantienen específicamente reservadas.
Si el dictamen NEE sale tras la solicitud
El BOAM 10092 (apartado 12.6) reconoce expresamente:
«No se tendrán en cuenta situaciones sobrevenidas una vez concluido el plazo de solicitudes, salvo el nacimiento del solicitante, a efectos de matriculación, así como la obtención de la condición de niña o niño con necesidades educativas especiales para el cambio de vía de escolarización.»
Es decir, si tu hijo obtiene dictamen NEE entre el cierre de la solicitud (17 abril) y la resolución (9 junio o 1 junio), puedes solicitar el cambio de la vía ordinaria a la vía NEE.
Apoyo educativo en la EI
Si el menor es admitido por la vía NEE, el dictamen del EOEP orienta el tipo de apoyo:
- PT (Pedagogía Terapéutica): apoyo a aprendizajes específicos
- AL (Audición y Lenguaje): para alteraciones del lenguaje
- ATE (Auxiliar Técnico Educativo): apoyo a la autonomía personal
La asignación se hace al inicio del curso según los dictámenes y recursos del centro.
Combinación con discapacidad del progenitor (apartado c)
La discapacidad de progenitor/tutor/hermano SÍ suma en el apartado c del baremo ordinario (1,5 o 2 pts). Si concurren NEE del menor + discapacidad del progenitor:
- NEE → Capítulo III (procedimiento separado con reserva)
- Discapacidad progenitor → apartado c del baremo ordinario (1,5 o 2 pts)
Si por la vía NEE no consigues plaza y pasas a la lista ordinaria, los puntos del apartado c por discapacidad del progenitor SÍ se aplican.
Errores típicos
- Asumir que NEE del menor suma puntos en baremo: NO. Va por Capítulo III, no por apartados a-e.
- Aportar informe médico en vez de dictamen del EOEP: el informe no acredita. Necesitas el dictamen oficial.
- No iniciar el dictamen con tiempo: el EOEP tarda 3-6 meses. Empieza el trámite con antelación.
- No solicitar cambio de vía si el dictamen sale tras la solicitud: tienes derecho según apartado 12.6.
- No considerar las dos fases de liberación: la reserva NEE se mantiene hasta el 10 de septiembre. Si tu hijo no entró en una EI, puede haber liberación posterior.
Recursos
- Equipo de Atención Temprana de la Comunidad de Madrid: dictamen de escolarización
- Servicio municipal de apoyo a la escolarización: gestión del Capítulo III
- Centros de Atención Temprana: evaluación, dictamen, intervención
- AETAPI, Plena Inclusión Madrid, Inclúyeme.org: asociaciones especializadas
- Plaza Guardería calculadora: orienta sobre el baremo ordinario (vía sin NEE)
Preguntas frecuentes
¿Suman puntos las NEE del menor en el baremo de admisión?
NO en el baremo ordinario (apartados a-e). El BOAM 10092 separa: la admisión de alumnado con necesidades educativas especiales se gestiona por el Capítulo III (apartados 19-22), con reserva de dos plazas por unidad en cada EIM y procedimiento específico con el Servicio municipal de apoyo a la escolarización. Es una vía de acceso prioritaria distinta del baremo ordinario, no acumulativa con él.
¿Qué se considera NEE en el BOAM 10092?
Lo determina el Equipo de Atención Temprana (EOEP o equivalente) mediante dictamen de escolarización. Los casos típicos incluyen: trastorno generalizado del desarrollo (TGD), trastorno del espectro autista (TEA), trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH), retraso madurativo significativo, alteraciones del lenguaje, discapacidad sensorial (visual, auditiva), discapacidad motora, trastornos del comportamiento o de la regulación emocional con afectación educativa, pluridiscapacidad. La acreditación requiere dictamen oficial del EOEP.
¿Cómo es la reserva de plazas del Capítulo III?
Cada EIM reserva DOS plazas por unidad para menores con NEE, independientemente del nivel (apartado 19.1-2 BOAM 10092). El Equipo de Atención Temprana puede proponer excepcionalmente la variación del número de plazas (apartado 19.3). Si hay más solicitudes que plazas reservadas, el Servicio municipal de apoyo aplica el mismo baremo del proceso ordinario al alumnado con NEE.
¿Cuándo es el calendario específico de NEE?
El BOAM 10092 fija plazos extendidos: presentación de solicitudes 6-17 abril 2026 (igual ordinario); documentación complementaria 6 abril a 18 mayo 2026 (extendido); listas provisionales 11 mayo 2026; listas definitivas 1 junio 2026 (anterior al ordinario, que es 9 junio); matriculación 10-25 junio 2026.
¿Y si el dictamen NEE sale después de la solicitud?
El BOAM 10092 (apartado 12.6) reconoce expresamente como excepción a la regla general la obtención de la condición de niño con NEE para el cambio de vía de escolarización. Es decir, si tu hijo obtiene dictamen NEE entre abril (cierre de solicitud) y junio (listas definitivas), puedes solicitar el cambio de la vía ordinaria a la vía NEE del Capítulo III.
¿Pueden los menores NEE acceder a EI sin plazas reservadas?
Sí, vía la segunda fase del Capítulo III (apartado 22.5 BOAM 10092). Tras la resolución definitiva, las plazas reservadas no cubiertas por NEE se liberan a la vía ordinaria en dos fases: primera fase antes de la resolución definitiva (10 de septiembre como reserva), segunda fase el 10 de septiembre. Esto permite a NEE no admitidos optar a otras EI con plazas reservadas hasta el 10 de septiembre.
Datos oficiales: BOAM 10092 del 24 de marzo de 2026, Capítulo III (apartados 19-22). Fuente: sede.madrid.es y comunidad.madrid (Atención Temprana).
Más sobre el baremo: Tu situación familiar → · Apartado c — Sociofamiliar → · Discapacidad de progenitor → · Calcula tu baremo (vía ordinaria) →